sábado, 31 de marzo de 2012

EL DIA DESPUES





Transcurrida la huelga general, ahora nos queda realizar un análisis para valorar si se conseguirá el propósito por la cual fué convocada.

Como en cada huelga siempre es imposible ponerse de acuerdo en cuanto a la participación de los trabajadores, lo importante es saber los pasos que se van a dar una vez

transcurrida esta para que el esfuerzo y el sacrificio de los trabajadores no haya caído en saco roto.

Izquierda Unida se sumó a esta jornada de “HUELGA GENERAL” en todos sus aspectos, no acudiendo a los puestos de trabajo ni a las sesiones parlamentarias ni a las del Senado, asimismo participamos en las manifestaciones de protesta que fueron convocadas en las diferentes ciudades de España.


Felicitamos por tanto a todos los que sumaron a la HUELGA y decirles que si los sindicatos continúan con más acciones de protestas, el esfuerzo no caerá en saco roto.


¡AHORA SOMOS MÁS!


ABANDONA EL INEM

Bases para una plaza de Delineante”

Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza

Olivenza (Badajoz)

Doña Inmaculada Bonilla Martínez, Presidenta de la Mancomunidad Integral Comarca de Olivenza, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HE RESUELTO:

Convocar pruebas selectivas para proveer, mediante el sistema de oposición, una plaza de Delineante/a para la Oficina de Gestión Urbanística y de Vivienda de la Mancomunidad Integral Comarca de Olivenza, conforme a las siguientes:

BASES:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

1.- Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de oposición libre, de una plaza de Delineante, en régimen de derecho laboral, para la Oficina de Gestión Urbanística y del Territorio, Vivienda y arquitectura de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, de conformidad con lo dispuesto en el convenio interadministrativo de colaboración entre la Consejería de Fomento y esta Mancomunidad, para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina para la Gestión Urbanística y del Territorio, Vivienda y Arquitectura, firmado con fecha 27 de diciembre de 2011.

2.- El desempeño del puesto de trabajo se realizará de conformidad con las normas sobre incompatibilidad establecidas en la cláusula decimoprimera del convenio para le funcionamiento y mantenimiento de una Oficina para la Gestión Urbanística y del Territorio, Vivienda y Arquitectura.

3.- La citada plaza está dotada con las retribuciones brutas, por todos los conceptos, de 995,60 euros mensuales brutos, en la que se incluyen salario base y prorrata de pagas extraordinarias.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la plaza los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

*Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
* Ser Español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
*Estar en posesión de carné de conducir B y vehículo propio.
* Estar en posesión del título de Delineante Proyectista; Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas; o Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción o obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. En caso de aportar un titulo equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia que acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
*No padecer enfermedad o defecto físico que impida en normal desempeño de la función a realizar.
*No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera.- Actividades a desarrollar.

Corresponderá al trabajador titular de la plaza objeto de la presente convocatoria el desempeño de las funciones comunes a las atribuciones profesionales de los delineantes y auxiliares administrativos, en el marco de las establecidas en el convenio interadministrativo de colaboración entre la Consejería de fomento y al Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina para la Gestión Urbanística y del territorio, Vivienda y Arquitectura.

Cuarta.- Características del puesto de trabajo.

A. La prestación del servicio se realizará de lunes a viernes, de 8:00 horas a 13:15 horas ó según las necesidades del servicio.

B. A los efectos administrativos, retributivos y de indemnizaciones por desplazamientos, los servicios se realizaran desde el local que en la sede de la Mancomunidad se habilite a tal fin y desde cualquiera de las sedes de los ayuntamientos.

C. El período de contratación será desde la fecha de inicio de la contratación hasta el 31 de diciembre de 2012, pudiendo prorrogarse en función de la prórroga del convenio suscrito con la Consejería de fomento del Gobierno de Extremadura, con un período de prueba inicial de dos meses.

Quinta.- Presentación de solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en la plaza convocada, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda siempre a la fecha de expiración del plazo más abajo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán a la Sra. Presidenta de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza y se presentarán en el Registro General de la Mancomunidad, cuya sede se encuentra situada en el Paseo Hernán Cortés, s/n., sito en Olivenza, en horario de oficina (de lunes a viernes de 9:00 horas a 14:00 horas), durante el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia o conforme a lo dispuesto por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este último supuesto, los interesados deberán adelantar obligatoriamente, siendo causa de exclusión su incumplimiento, dentro del plazo de presentación de instancias, copia de la solicitud al fax n.º: 924490107, sellada por el organismo correspondiente.

De conformidad con el convenio formalizado con la Junta de Extremadura, la Mancomunidad remitirá la convocatoria a los colegios profesionales afectados, mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura, diputaciones provinciales de la región, SEXPE y aquellos otros organismos que puedan estar interesados.

A la solicitud se acompañará:

A...Solicitud dirigida a la Sra. Presidenta de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza (anexo II).
B...Fotocopia del D.N.I.
C...Fotocopia compulsada del carné de conducir B.
D...Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.
E...Declaración jurada (anexo III).

Sexta.- Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, La Sra. Presidenta dictará resolución, en el plazo de dos días, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y la web de la Mancomunidad y contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión de estos.

Si existieran reclamaciones, serán resueltas por la Sra. Presidenta en el plazo de dos días publicándose de igual forma la lista definitiva. Junto con la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas selectivas.

Séptima.- Procedimiento de selección.

7.1 Los aspirantes realizarán obligatoriamente dos pruebas de aptitud, que versarán sobre conocimientos, dentro de su competencia profesional, con los contenidos recogidos en el anexo I.

7.2 Primer ejercicio tipo test:

7.2.1. Realización de una prueba teórica, tipo test sobre cuestiones relacionadas con el temario recogido en el anexo I.

Se calificará con un máximo de 10,00 puntos, siendo necesario alcanzar al menos una puntuación de 5,00 puntos para superarla. Cada respuesta errónea penalizará un 25% de cada respuesta correcta.

En el supuesto de que ningún aspirante supere este ejercicio, se faculta al Tribunal para determinar que han superado el mismo los cinco aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido.

7.3. Segundo ejercicio. Examen oral. Obligatoria de carácter eliminatorio.

7.3.1. Consistirá en la realización de un examen oral en el que se plantearán cuestiones de los conocimientos técnicos del puesto a desempeñar y la adecuación del aspirante al puesto de trabajo. Las cuestiones siempre versarán sobre los temas incluidos en el anexo I. El ejercicio se calificará con un máximo de 10,00 puntos, siendo necesario alcanzar al menos una puntuación de 5,00 puntos para superarla.

7.4. Bolsa de trabajo: De conformidad con lo establecido en la base segunda del convenio interadministrativo se crea una bolsa de trabajo, por orden de la puntuación obtenida, que sustituirán las posibles bajas que pudieran producirse.

Octava.- Tribunal Calificador.

Presidente: Don Juan Carlos Sánchez Gracia. Arquitecto del Ayuntamiento de Olivenza.

Vocales: Don Manuel María Caro Franganillo, Secretario-Interventor de Villanueva del Fresno; doña Agustina Soto Mogío, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Táliga, y un representante de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.

Secretario: Don Juan Carlos González Montes, Secretario-Interventor de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza.

8.1. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas, así como de tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes ejercicios. Asistirá asimismo como asesor, uno de los miembros del equipo de coordinación de las oficinas e gestión urbanística, vivienda y ordenación del territorio.

8.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y el del Secretario.

8.3. La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria, así como a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.4. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, antes citada.

Novena.- Legislación supletoria.

La presente convocatoria se regirá en todo lo no previsto en estas bases, por lo dispuesto en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y legislación que la desarrolla, Estatuto Básico del Empleado Público, así como por la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

.ANEXO I

TEMARIO:

*--Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y sus modificaciones.
*--Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y sus modificaciones y sus desarrollo.
*--Planeamiento urbanístico de los municipios que conforman la Mancomunidad.
*--Decreto 113/2009, de 21 de mayo, por el que se regulan las exigencias básicas que deben reunir las viviendas en el ámbito de la Comunidad autónoma de Extremadura, así como el procedimiento para la concesión y control de la cédula de habitabilidad.
*--Decreto 114/2009, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Vivienda, Rehabilitación y suelo de Extremadura 2009-2012.
*--Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
*--Ley 39/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
*--Dibujo asistido por ordenador. CAD.
*--Sistemas de información geográfica. Generalidades.
*--Herramienta de Planeamiento de Extremadura.
*--Programa de tratamiento de imágenes. Generalidades.
*--Cartografía catastral.
*--Cartografía en internet. Navegadores. Web Map Service, SIGCAT, SIGPAC.
*--Paquete Microsoft Office. Generalidades.
*--Comprobación y uso de escalas (numéricas y gráficas), trasformación de escalas.
*--Generalidades sobre normalización DIN, ASA, ISO, UNE, etc. Formatos.
*--Acotaciones: nociones generales.
*--Generalidades sobre cartografía, geoide y elipsoide. UTM. Coordenadas. Norte geográfico y magnético.
*--Generalidades sobre la rede geodésica y la rede de nivelación española.
*--Coordenadas ortogonales y polares.
*--Planos acotados. Curvas de nivel. Camino de pendiente constante entre dos puntos de terreno.
*--Ortofotografías. Generalidades. Ortoproyección y edición. Formato de las ortofotos.